Participé en San Juan Empresarial: Ruta Municipal para CPAs, un evento organizado por el Capítulo de Río Piedras y el Capítulo de San Juan del Colegio de CPA de Puerto Rico. El municipio compartió información sobre incentivos económicos del Departamento de Desarrollo Económico y Turismo, el rol de Business Concierge, y mejores prácticas para licencias y permisos municipales.
Más allá del evento en sí, reflexioné que la planificación contributiva efectiva se extiende más allá de la tributación sobre ingresos. Se discutieron varios incentivos, incluyendo asistencia económica con fondos CDBG para pequeños comerciantes y exenciones contributivas para negocios nuevos y existentes. Sin embargo, una medida en particular captó mi atención: la Ordenanza Núm. 29, Serie 2025-2026 del Municipio Autónomo de San Juan.
Esta ordenanza representa una oportunidad de planificación para clientes elegibles y refleja una política pública interesante que utiliza poderes municipales reconocidos en el Código Municipal de Puerto Rico para atender parcialmente el impacto del impuesto sobre inventario en pequeños comerciantes.
Este artículo tiene fines exclusivamente informativos y educativos. La ordenanza puede representar oportunidades de planificación para PYMEs en San Juan, pero amerita evaluación cuidadosa y monitoreo de la implementación real. La Oficina de Finanzas retiene autoridad para establecer normas y parámetros adicionales para la implementación adecuada.
Desglosando la nueva ordenanza de San Juan
¿Por qué surgió esta ordenanza?
El preámbulo de la ordenanza reconoce los retos de recuperación desde los huracanes Irma y María, los terremotos del sur, y el impacto de la pandemia de COVID-19. Muchos comerciantes no han recuperado sus niveles de inventario. La medida reconoce que la tributación sobre inventario desincentiva mantener mercancía adecuada, ya que los negocios pagan impuesto sobre el inventario promedio en posesión, independientemente de si se vendió o no.
San Juan propone este incentivo para reducir los costos de mantenimiento de inventario, promover la actividad económica, mejorar la competitividad comercial, y mejorar la capacidad de abasto para la capital.
El beneficio principal
La ordenanza autoriza un crédito de patente municipal equivalente a las cantidades del impuesto sobre inventario. Operativamente, busca aliviar los costos contributivos de mantener inventario para negocios elegibles en San Juan.
Nota crítica: Aunque la ordenanza establece la base legal, no detalla completamente los asuntos operativos — procedimientos completos de solicitud, evidencia específica requerida, plazos exactos para reclamar el crédito, posibilidades de arrastre de balance, o si los créditos se limitan estrictamente a las cantidades adeudadas de patente. Estos dependen de la implementación administrativa municipal.
Criterios de elegibilidad (Sección 2)
Los requisitos para acogerse a esta ordenanza incluyen:
- Límite de ingreso bruto: Negocios que reporten $500,000 o menos en ingreso bruto anual para cada año en que se reclame el crédito.
- Historial de cumplimiento: Deben demostrar radicación de patentes municipales y planillas relacionadas a propiedad por los cinco años precedentes. Negocios más nuevos deben mostrar radicaciones desde su creación.
- Radicaciones tardías: Los negocios cualifican aún con radicaciones tardías si se presentaron antes de la solicitud del crédito.
- Exclusividad: Las empresas no pueden tener otros decretos aprobados y activos para cualificar.
Período de implementación
La ordenanza fue aprobada el 12 de noviembre de 2025 por la Legislatura Municipal, con fecha efectiva del 18 de noviembre de 2025. Opera como un período experimental de tres años, después del cual el municipio evaluará su efectividad en relación con los objetivos de política pública establecidos.
Reflexión profesional
Las oportunidades de planificación contributiva frecuentemente existen a nivel municipal, no solo a nivel estatal o federal. Eventos como San Juan Empresarial proveen acceso directo a las realidades operacionales municipales. Observé personal del Business Concierge asistiendo directamente a personas con orientación sobre licencias y permisos.
Recomiendo que esta colaboración continúe, construyendo relaciones de trabajo más estrechas entre la profesión contable y los municipios. La Ordenanza Núm. 29, Serie 2025-2026 debería estar en el radar de los CPA que asesoran PYMEs en San Juan.
Nota de precaución: El monitoreo de la implementación es esencial. La ordenanza autoriza el crédito y establece criterios básicos, pero permite regulación administrativa adicional por parte de la Oficina de Finanzas.
Recomendación final
Los CPA que trabajan con pequeñas y medianas empresas en San Juan deberían revisar esta ordenanza ahora, identificar clientes potencialmente cualificados, y monitorear la implementación administrativa.
El mensaje subyacente: Las oportunidades de planificación contributiva emergen a niveles municipales y corren el riesgo de pasar desapercibidas sin vigilancia. Esta ordenanza ejemplifica la detección de oportunidades antes de que se conviertan en conocimiento general. A veces el mejor valor para el cliente no es completar formularios, sino identificar oportunidades concretas de ahorro que otros aún no han reconocido.
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Rodolfo C. Romañach Álvarez, CPA
Founder of Ciprés LLC · Puerto Rico's AI CPA
